Casi todos los expedientes de residencia los piden, y son dos certificados distintos: el de España y el de tu país.
El de tu país es el que se alarga, entre la emisión, la apostilla y la traducción. Y como muchos trámites lo quieren reciente, el orden en que lo pides importa.
Habla con nosotros
Formulario de 1 minuto · sin pago anticipado
El fácil
El de España
Lo emite el Ministerio de Justicia. Se puede pedir por internet con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita. Lleva su propia tasa.
Si lo pides online y tienes Cl@ve, es cuestión de minutos. Presencialmente, de conseguir hueco.
El que se alarga
El de tu país
Lo emite tu país, y después hay que apostillarlo o legalizarlo y traducirlo por traductor jurado. Son tres gestiones, no una.
Si tu país no está en el Convenio de La Haya, la legalización consular puede llevar meses — mira tu caso.
Y si has vivido en más de un país en los últimos cinco años, te pueden pedir el de cada uno. Cuéntalos antes de empezar: cada uno es una cadena aparte.
| Trámite | Cuál | Detalle |
|---|---|---|
| Arraigo | Del país de origen | Y de los países donde hayas vivido los últimos cinco años, apostillados y traducidos. |
| Nacionalidad | De España y del país de origen | Los dos, y el de origen legalizado. Es uno de los documentos que más retrasa el expediente. |
| Reagrupación familiar | Del familiar reagrupado | Si es mayor de edad penal, del país donde haya residido. |
| Residencia no lucrativa | Del país de origen | Y de los países de residencia de los últimos cinco años. Se pide desde el consulado. |
| Larga duración | De España | Se comprueba que no tengas antecedentes durante el periodo de residencia. |
| Modificación | De España | Según el caso, y siempre estando al corriente de tus obligaciones. |
Cada oficina puede pedir algo más según tu historial. Si dudas, mándanos tu caso y te decimos qué certificado exacto te van a pedir.
Tener antecedentes no cierra automáticamente la puerta. Depende del delito, de la pena y del tiempo transcurrido, y muchos son cancelables cumplidos los plazos legales. Eso sí es trabajo de abogado, no de gestión de citas: consúltalo antes de dar el expediente por perdido.
Casi siempre los dos: el de España, porque resides aquí, y el de tu país de origen o de los países donde hayas vivido los últimos años. La combinación exacta depende del trámite.
No caducan como una tarjeta, pero muchos trámites los quieren recientes — habitualmente de los últimos tres meses. Pídelos cuando ya tengas el resto del expediente listo, no al principio.
Lleva una tasa propia, que se paga al solicitarlo. El importe lo fija la Administración y el propio formulario lo muestra.
Depende del país: algunos lo emiten online, otros solo a través de su consulado en España, y otros exigen que lo pida un apoderado allí. Es el paso que más se alarga.
Sí, el de tu país necesita apostilla o legalización consular, y traducción jurada si no está en español — mira lo que aplica a tu país.
No necesariamente: depende del tipo de delito, de la pena y del tiempo transcurrido. Y muchos antecedentes son cancelables cuando ha pasado el plazo legal. Consúltalo con un abogado antes de dar el expediente por perdido.
Un procedimiento para que los antecedentes dejen de constar en el certificado una vez cumplidos los plazos que fija la ley. Si te toca, hazlo antes de pedir el certificado, no después.
No los tramitamos, pero te conseguimos la cita cuando el trámite la necesita y te decimos exactamente qué certificado te piden en tu caso. Eso último no lo cobramos.
Última revisión: 6 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos, las tasas y los plazos de validez los fija cada administración y pueden cambiar. Si tienes antecedentes, consulta con un abogado.
Fuente oficial: Sede electrónica del Ministerio de Justicia. Ante cualquier duda, manda la información oficial por delante de la nuestra.
Dinos tu trámite y en qué países has vivido los últimos cinco años. Con eso te decimos qué certificados necesitas y en qué orden pedirlos — y eso no lo cobramos.
Casi todos los expedientes de residencia los piden, y son dos certificados distintos: el de España y el de tu país.
El de tu país es el que se alarga, entre la emisión, la apostilla y la traducción. Y como muchos trámites lo quieren reciente, el orden en que lo pides importa.
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El fácil
El de España
Lo emite el Ministerio de Justicia. Se puede pedir por internet con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita. Lleva su propia tasa.
Si lo pides online y tienes Cl@ve, es cuestión de minutos. Presencialmente, de conseguir hueco.
El que se alarga
El de tu país
Lo emite tu país, y después hay que apostillarlo o legalizarlo y traducirlo por traductor jurado. Son tres gestiones, no una.
Si tu país no está en el Convenio de La Haya, la legalización consular puede llevar meses — mira tu caso.
Y si has vivido en más de un país en los últimos cinco años, te pueden pedir el de cada uno. Cuéntalos antes de empezar: cada uno es una cadena aparte.
| Trámite | Cuál | Detalle |
|---|---|---|
| Arraigo | Del país de origen | Y de los países donde hayas vivido los últimos cinco años, apostillados y traducidos. |
| Nacionalidad | De España y del país de origen | Los dos, y el de origen legalizado. Es uno de los documentos que más retrasa el expediente. |
| Reagrupación familiar | Del familiar reagrupado | Si es mayor de edad penal, del país donde haya residido. |
| Residencia no lucrativa | Del país de origen | Y de los países de residencia de los últimos cinco años. Se pide desde el consulado. |
| Larga duración | De España | Se comprueba que no tengas antecedentes durante el periodo de residencia. |
| Modificación | De España | Según el caso, y siempre estando al corriente de tus obligaciones. |
Cada oficina puede pedir algo más según tu historial. Si dudas, mándanos tu caso y te decimos qué certificado exacto te van a pedir.
Tener antecedentes no cierra automáticamente la puerta. Depende del delito, de la pena y del tiempo transcurrido, y muchos son cancelables cumplidos los plazos legales. Eso sí es trabajo de abogado, no de gestión de citas: consúltalo antes de dar el expediente por perdido.
Casi siempre los dos: el de España, porque resides aquí, y el de tu país de origen o de los países donde hayas vivido los últimos años. La combinación exacta depende del trámite.
No caducan como una tarjeta, pero muchos trámites los quieren recientes — habitualmente de los últimos tres meses. Pídelos cuando ya tengas el resto del expediente listo, no al principio.
Lleva una tasa propia, que se paga al solicitarlo. El importe lo fija la Administración y el propio formulario lo muestra.
Depende del país: algunos lo emiten online, otros solo a través de su consulado en España, y otros exigen que lo pida un apoderado allí. Es el paso que más se alarga.
Sí, el de tu país necesita apostilla o legalización consular, y traducción jurada si no está en español — mira lo que aplica a tu país.
No necesariamente: depende del tipo de delito, de la pena y del tiempo transcurrido. Y muchos antecedentes son cancelables cuando ha pasado el plazo legal. Consúltalo con un abogado antes de dar el expediente por perdido.
Un procedimiento para que los antecedentes dejen de constar en el certificado una vez cumplidos los plazos que fija la ley. Si te toca, hazlo antes de pedir el certificado, no después.
No los tramitamos, pero te conseguimos la cita cuando el trámite la necesita y te decimos exactamente qué certificado te piden en tu caso. Eso último no lo cobramos.
Última revisión: 6 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos, las tasas y los plazos de validez los fija cada administración y pueden cambiar. Si tienes antecedentes, consulta con un abogado.
Fuente oficial: Sede electrónica del Ministerio de Justicia. Ante cualquier duda, manda la información oficial por delante de la nuestra.
Dinos tu trámite y en qué países has vivido los últimos cinco años. Con eso te decimos qué certificados necesitas y en qué orden pedirlos — y eso no lo cobramos.