Carta de Invitación: Cita, Requisitos y Tasa 2026 | CitaHoy

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Carta de invitación 2026: la pide quien vive aquí

Es el documento con el que una persona que reside en España acredita ante las autoridades que va a alojar a un visitante en su domicilio. La firma el anfitrión en comisaría, no el visitante.

No es un visado, no garantiza la entrada y no sustituye ninguno de los demás requisitos del viajero. Eso conviene tenerlo claro antes de empezar.

El trámite, con su nombre exacto

Como en otros trámites, el nombre cambia según la provincia. Estas son las variantes que hay en el sistema:

POLICIA-CARTA DE INVITACIÓN

La más común: 39 provincias

POLICIA-EXPEDICIÓN DE CARTA DE INVITACIÓN

4 provincias

EXPEDICIÓN DE CARTA DE INVITACIÓN

1 provincia, sin el prefijo

Se pide en una comisaría de la Policía Nacional, no en la Oficina de Extranjería ni en el ayuntamiento. Y la cita la pide y la atiende el anfitrión: el visitante no interviene en el trámite y solo recibe el documento cuando ya está expedido.

Qué necesita el anfitrión

  • Solicitud cumplimentada, con los datos del visitante.
  • Documento de identidad o tarjeta de residencia en vigor, original y copia.
  • Título que acredite la vivienda: escritura, contrato de alquiler o, si no eres titular, autorización del propietario.
  • Justificante de la tasa, una por cada persona invitada, pagada antes de la cita.
  • Según la comisaría, prueba del vínculo con el visitante y del periodo previsto de la visita.

Una carta y una tasa por invitado, incluidos los menores. Si vienen cuatro personas, son cuatro solicitudes y cuatro tasas. Mucha gente pide una sola pensando que cubre a toda la familia y se encuentra con el problema en el consulado.

Los datos del visitante: cópialos literalmente

Nombre, apellidos, número de pasaporte y fecha de nacimiento se toman tal cual figuran en el pasaporte del visitante, letra por letra.

Un dígito distinto invalida el documento en el consulado, y entonces hay que repetir el trámite entero: nueva cita, nueva tasa, nueva espera. Es el error más frecuente y el más fácil de evitar: pide una foto de la página de datos del pasaporte y copia de ahí, no de memoria ni de un mensaje.

Plazos y vigencia

Se expide para un periodo concreto

No es indefinida. Cubre la visita prevista, así que conviene pedirla con las fechas ya pensadas.

Pídela con margen

El visitante la necesita para presentarla junto con el resto de su documentación en el consulado, así que tiene que estar en su mano antes de su propia cita de visado.

No caduca por no usarse, pero envejece

Si el viaje se retrasa meses respecto al periodo indicado, el consulado puede pedir una nueva.

Lo que el visitante sigue necesitando

La carta acredita el alojamiento. El resto de los requisitos siguen siendo suyos:

  • Pasaporte en vigor y, si su nacionalidad lo exige, visado concedido por el consulado español.
  • Seguro médico de viaje según los requisitos del consulado.
  • Medios económicos para la estancia.
  • Billete de vuelta.

Y una advertencia honesta: la carta de invitación no garantiza que le den el visado ni que le dejen entrar. La decisión es del consulado y de la frontera, y no la vende nadie.

Preguntas frecuentes

¿Quién pide la carta de invitación?

El anfitrión que reside en España, en una comisaría de la Policía Nacional y con cita previa. El visitante no interviene en el trámite.

¿La carta de invitación garantiza el visado?

No. Solo acredita el alojamiento. El visado lo decide el consulado español valorando el resto de los requisitos.

¿Necesito una carta por cada invitado?

Sí. Una solicitud y una tasa por persona, incluidos los menores.

¿Puedo pedirla si vivo de alquiler?

Sí, con el contrato de alquiler. Si no eres titular de la vivienda, hace falta la autorización del propietario y copia de su documento.

¿Qué pasa si me equivoco en los datos del pasaporte?

El documento no sirve en el consulado y hay que repetir el trámite con una nueva cita y una nueva tasa. Copia los datos literalmente del pasaporte.

¿Dónde se pide, en extranjería o en policía?

En comisaría de la Policía Nacional. En el sistema aparece como POLICIA-CARTA DE INVITACIÓN en la mayoría de las provincias.

Última revisión: 2 de septiembre de 2026.

Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos, las tasas y los plazos los fija la Administración y pueden cambiar: confirma siempre la información oficial de tu oficina antes de acudir.

¿Te buscamos la cita de la carta de invitación?

Dinos tu provincia y cuántos invitados son. Vigilamos el sistema y te avisamos en cuanto se abra un hueco.

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Carta de invitación 2026: la pide quien vive aquí

Es el documento con el que una persona que reside en España acredita ante las autoridades que va a alojar a un visitante en su domicilio. La firma el anfitrión en comisaría, no el visitante.

No es un visado, no garantiza la entrada y no sustituye ninguno de los demás requisitos del viajero. Eso conviene tenerlo claro antes de empezar.

El trámite, con su nombre exacto

Como en otros trámites, el nombre cambia según la provincia. Estas son las variantes que hay en el sistema:

POLICIA-CARTA DE INVITACIÓN

La más común: 39 provincias

POLICIA-EXPEDICIÓN DE CARTA DE INVITACIÓN

4 provincias

EXPEDICIÓN DE CARTA DE INVITACIÓN

1 provincia, sin el prefijo

Se pide en una comisaría de la Policía Nacional, no en la Oficina de Extranjería ni en el ayuntamiento. Y la cita la pide y la atiende el anfitrión: el visitante no interviene en el trámite y solo recibe el documento cuando ya está expedido.

Qué necesita el anfitrión

  • Solicitud cumplimentada, con los datos del visitante.
  • Documento de identidad o tarjeta de residencia en vigor, original y copia.
  • Título que acredite la vivienda: escritura, contrato de alquiler o, si no eres titular, autorización del propietario.
  • Justificante de la tasa, una por cada persona invitada, pagada antes de la cita.
  • Según la comisaría, prueba del vínculo con el visitante y del periodo previsto de la visita.

Una carta y una tasa por invitado, incluidos los menores. Si vienen cuatro personas, son cuatro solicitudes y cuatro tasas. Mucha gente pide una sola pensando que cubre a toda la familia y se encuentra con el problema en el consulado.

Los datos del visitante: cópialos literalmente

Nombre, apellidos, número de pasaporte y fecha de nacimiento se toman tal cual figuran en el pasaporte del visitante, letra por letra.

Un dígito distinto invalida el documento en el consulado, y entonces hay que repetir el trámite entero: nueva cita, nueva tasa, nueva espera. Es el error más frecuente y el más fácil de evitar: pide una foto de la página de datos del pasaporte y copia de ahí, no de memoria ni de un mensaje.

Plazos y vigencia

Se expide para un periodo concreto

No es indefinida. Cubre la visita prevista, así que conviene pedirla con las fechas ya pensadas.

Pídela con margen

El visitante la necesita para presentarla junto con el resto de su documentación en el consulado, así que tiene que estar en su mano antes de su propia cita de visado.

No caduca por no usarse, pero envejece

Si el viaje se retrasa meses respecto al periodo indicado, el consulado puede pedir una nueva.

Lo que el visitante sigue necesitando

La carta acredita el alojamiento. El resto de los requisitos siguen siendo suyos:

  • Pasaporte en vigor y, si su nacionalidad lo exige, visado concedido por el consulado español.
  • Seguro médico de viaje según los requisitos del consulado.
  • Medios económicos para la estancia.
  • Billete de vuelta.

Y una advertencia honesta: la carta de invitación no garantiza que le den el visado ni que le dejen entrar. La decisión es del consulado y de la frontera, y no la vende nadie.

Preguntas frecuentes

¿Quién pide la carta de invitación?

El anfitrión que reside en España, en una comisaría de la Policía Nacional y con cita previa. El visitante no interviene en el trámite.

¿La carta de invitación garantiza el visado?

No. Solo acredita el alojamiento. El visado lo decide el consulado español valorando el resto de los requisitos.

¿Necesito una carta por cada invitado?

Sí. Una solicitud y una tasa por persona, incluidos los menores.

¿Puedo pedirla si vivo de alquiler?

Sí, con el contrato de alquiler. Si no eres titular de la vivienda, hace falta la autorización del propietario y copia de su documento.

¿Qué pasa si me equivoco en los datos del pasaporte?

El documento no sirve en el consulado y hay que repetir el trámite con una nueva cita y una nueva tasa. Copia los datos literalmente del pasaporte.

¿Dónde se pide, en extranjería o en policía?

En comisaría de la Policía Nacional. En el sistema aparece como POLICIA-CARTA DE INVITACIÓN en la mayoría de las provincias.

Última revisión: 2 de septiembre de 2026.

Información general, no asesoramiento jurídico. Los requisitos, las tasas y los plazos los fija la Administración y pueden cambiar: confirma siempre la información oficial de tu oficina antes de acudir.

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