La duda que más nos llega. Y la respuesta no es «cuál es más fácil»: es cuál describe tu situación real, porque el fundamento de cada una es distinto.
Además son incompatibles: no se puede presentar arraigo con una solicitud de asilo abierta. Elegir mal cuesta meses y a veces cierra la otra puerta.
Habla con nosotros
Formulario de 1 minuto · sin pago anticipado
Si ya llevas tiempo aquí
Arraigo
Vives en España desde hace dos años o más y puedes probarlo con el padrón. El arraigo regulariza ese tiempo. Cinco vías según tu caso: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. La guía.
Si huyes de un riesgo real
Asilo
En tu país corres un riesgo real de persecución por tu raza, religión, nacionalidad, opinión política o por pertenecer a un grupo social determinado — y el Estado no te protege. La guía.
Si lo que buscas es regularizar tiempo que ya llevas en España, tu vía es el arraigo. El asilo no es una vía rápida de regularización: los expedientes sin fundamento se deniegan, y habiendo consumido meses.
| Arraigo | Asilo | |
|---|---|---|
| Para quién es | Quien ya lleva tiempo viviendo en España | Quien huye de persecución o de un riesgo real en su país |
| Cuándo se pide | Al cumplir el tiempo de permanencia de tu vía (dos años en la mayoría) | Cuanto antes desde la llegada |
| Qué se acredita | Tiempo con padrón continuado, y según la vía trabajo, formación o vínculo familiar | El relato y el riesgo, con la documentación de apoyo que se pueda aportar |
| Documento mientras se resuelve | Ninguno: se espera sin documento | Tarjeta roja de solicitante |
| Permite trabajar | Sí, desde el primer día, cuando se concede | Sí, transcurrido el plazo que fija la normativa desde la formalización |
| Tasa | 790-052 | Sin tasa |
| Cuántas citas | Presentación + toma de huellas + recogida | Manifestación + entrevista + huellas + renovaciones de tarjeta roja |
| Si se deniega | Se puede volver a presentar cuando cambien las circunstancias | Se puede recurrir, y a veces queda la vía humanitaria |
| Nuestra tarifa | 99 € | 299 € la primera solicitud · 79 € la renovación de tarjeta roja |
Pedir asilo para ganar tiempo cuando el caso no tiene fundamento de protección. Da tarjeta roja durante meses, sí — pero al denegarse te deja sin nada, con el tiempo consumido, y mientras el asilo está abierto no puedes presentar arraigo. Es la trampa que más veces hemos visto.
Al revés también pasa: quien tiene un caso real de protección y presenta arraigo porque «es más fácil», renuncia a la tarjeta roja y al permiso de trabajo que el asilo da mientras se resuelve. Si tu caso es de protección, la vía es el asilo — y ahí conviene un abogado o una entidad especializada para el relato.
No: son incompatibles. No se puede ser solicitante de protección internacional al presentar el arraigo ni durante su tramitación. Presentar en paralelo complica el expediente en lugar de duplicar las opciones.
Sí, cuando el expediente de asilo esté cerrado y si cumples los requisitos de alguna vía de arraigo. El tiempo que pasaste como solicitante cuenta para la permanencia, así que muchas veces ya llegas.
La tarjeta roja habilita para trabajar transcurrido el plazo que fija la normativa desde la formalización — no desde el primer día. El arraigo, cuando se concede, habilita desde el primer día.
Probablemente arraigo, y la vía concreta depende de si trabajas, estudias o tienes familia aquí. La prueba principal es el padrón: si el histórico no es continuado, hay que acreditar ese periodo con otras pruebas.
Puede encajar en protección subsidiaria, que es una figura propia para quien corre riesgo real de daño grave sin encajar exactamente en los cinco motivos del asilo. Consúltalo con un especialista.
No. El relato es la parte central del expediente y es trabajo de un abogado o de una entidad especializada. Nosotros conseguimos las citas y te explicamos el circuito.
Nada. Identificar la vía no lo cobramos: solo se paga si nos encargas la gestión y la cita se confirma.
Última revisión: 6 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Elegir vía es una decisión con consecuencias: si tu caso no es claro, consúltalo con un abogado.
Cuéntanos tu situación con tus palabras. Identificar la vía no lo cobramos: solo se paga si nos encargas la gestión y la cita se confirma.
La duda que más nos llega. Y la respuesta no es «cuál es más fácil»: es cuál describe tu situación real, porque el fundamento de cada una es distinto.
Además son incompatibles: no se puede presentar arraigo con una solicitud de asilo abierta. Elegir mal cuesta meses y a veces cierra la otra puerta.
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Si ya llevas tiempo aquí
Arraigo
Vives en España desde hace dos años o más y puedes probarlo con el padrón. El arraigo regulariza ese tiempo. Cinco vías según tu caso: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. La guía.
Si huyes de un riesgo real
Asilo
En tu país corres un riesgo real de persecución por tu raza, religión, nacionalidad, opinión política o por pertenecer a un grupo social determinado — y el Estado no te protege. La guía.
Si lo que buscas es regularizar tiempo que ya llevas en España, tu vía es el arraigo. El asilo no es una vía rápida de regularización: los expedientes sin fundamento se deniegan, y habiendo consumido meses.
| Arraigo | Asilo | |
|---|---|---|
| Para quién es | Quien ya lleva tiempo viviendo en España | Quien huye de persecución o de un riesgo real en su país |
| Cuándo se pide | Al cumplir el tiempo de permanencia de tu vía (dos años en la mayoría) | Cuanto antes desde la llegada |
| Qué se acredita | Tiempo con padrón continuado, y según la vía trabajo, formación o vínculo familiar | El relato y el riesgo, con la documentación de apoyo que se pueda aportar |
| Documento mientras se resuelve | Ninguno: se espera sin documento | Tarjeta roja de solicitante |
| Permite trabajar | Sí, desde el primer día, cuando se concede | Sí, transcurrido el plazo que fija la normativa desde la formalización |
| Tasa | 790-052 | Sin tasa |
| Cuántas citas | Presentación + toma de huellas + recogida | Manifestación + entrevista + huellas + renovaciones de tarjeta roja |
| Si se deniega | Se puede volver a presentar cuando cambien las circunstancias | Se puede recurrir, y a veces queda la vía humanitaria |
| Nuestra tarifa | 99 € | 299 € la primera solicitud · 79 € la renovación de tarjeta roja |
Pedir asilo para ganar tiempo cuando el caso no tiene fundamento de protección. Da tarjeta roja durante meses, sí — pero al denegarse te deja sin nada, con el tiempo consumido, y mientras el asilo está abierto no puedes presentar arraigo. Es la trampa que más veces hemos visto.
Al revés también pasa: quien tiene un caso real de protección y presenta arraigo porque «es más fácil», renuncia a la tarjeta roja y al permiso de trabajo que el asilo da mientras se resuelve. Si tu caso es de protección, la vía es el asilo — y ahí conviene un abogado o una entidad especializada para el relato.
No: son incompatibles. No se puede ser solicitante de protección internacional al presentar el arraigo ni durante su tramitación. Presentar en paralelo complica el expediente en lugar de duplicar las opciones.
Sí, cuando el expediente de asilo esté cerrado y si cumples los requisitos de alguna vía de arraigo. El tiempo que pasaste como solicitante cuenta para la permanencia, así que muchas veces ya llegas.
La tarjeta roja habilita para trabajar transcurrido el plazo que fija la normativa desde la formalización — no desde el primer día. El arraigo, cuando se concede, habilita desde el primer día.
Probablemente arraigo, y la vía concreta depende de si trabajas, estudias o tienes familia aquí. La prueba principal es el padrón: si el histórico no es continuado, hay que acreditar ese periodo con otras pruebas.
Puede encajar en protección subsidiaria, que es una figura propia para quien corre riesgo real de daño grave sin encajar exactamente en los cinco motivos del asilo. Consúltalo con un especialista.
No. El relato es la parte central del expediente y es trabajo de un abogado o de una entidad especializada. Nosotros conseguimos las citas y te explicamos el circuito.
Nada. Identificar la vía no lo cobramos: solo se paga si nos encargas la gestión y la cita se confirma.
Última revisión: 6 de septiembre de 2026.
Información general, no asesoramiento jurídico. Elegir vía es una decisión con consecuencias: si tu caso no es claro, consúltalo con un abogado.
Cuéntanos tu situación con tus palabras. Identificar la vía no lo cobramos: solo se paga si nos encargas la gestión y la cita se confirma.